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Cámara Nacional detiene reforma laboral de Milei: Argentina

INTERNACIONAL

03-01-2024


Foto: Web

Foto: Web

Redacción BajaNewsMx
Editorial bajanews.mx| BajaNews
Publicado: 03-01-2024 13:34:44 PDT

Esta decisión dejó sin efecto las modificaciones en materia laboral que habían entrado en vigencia el 29 de diciembre

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Argentina emitió este miércoles una medida cautelar suspendiendo temporalmente la controvertida reforma laboral impulsada por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por el presidente argentino, Javier Milei, el pasado 20 de diciembre. Los jueces Andrea García Vior y Alejandro Sudera fueron los responsables de esta determinación, que dejó sin efecto las modificaciones en materia laboral que habían entrado en vigencia el 29 de diciembre.


La Confederación Nacional del Trabajo (CGT), de inspiración peronista, lideró la oposición a este DNU, realizando una movilización la semana pasada y solicitando al Poder Judicial que detuviera los cambios laborales que el Gobierno buscaba implementar por decreto. Además, el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, presentó una solicitud a la Corte Suprema para que declare inconstitucional el decreto.


La razón central del fallo de la Cámara radica en la falta de acreditación de la necesidad y urgencia que justifiquen eludir al Congreso, entidad encargada de legislar, para imponer un DNU con medidas tan significativas y numerosas en el ámbito laboral. El juez Sudera destacó que las disposiciones del DNU cuestionado introducen modificaciones sustanciales de aplicación inmediata en diversos aspectos laborales, como la interpretación de normas, contratación laboral, derechos de las partes, protección de la trabajadora embarazada, jornada laboral, protección contra el despido arbitrario, entre otros.


El magistrado Sudera recordó la división de funciones entre los poderes del Estado, citando a la Corte Suprema al afirmar que "el Congreso Nacional tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas jurídicas". En este contexto, subrayó que el Poder Ejecutivo no puede sustituir libremente la actividad del Congreso ni eludir el control judicial.


El fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo solo afecta al artículo del decreto relacionado con las nuevas disposiciones en materia laboral. Entre estas se encuentran la ampliación del periodo de prueba, la eliminación de la doble indemnización por despido en casos de trabajadores no registrados, la inclusión de la participación en bloqueos o tomas como causa de despido en protestas, y la restricción del derecho a huelga en sectores esenciales como educación, transporte y telecomunicaciones, entre otros.